La instrucción de las DUDs

Los Juicios Rápidos, si bien son ágiles en las obtenciones de condenas, son dudosamente fiables en cuanto a su instrucción. Sin ir más lejos, la vista de mañana en el Penal. Desde el atestado policial en el que se relatan los hechos consta la existencia de dos testigos que pueden ser de descargo, ambos acompañaban al imputado cuando sucedieron los hechos. No, no han sido citados por mi cliente, que no dijo nada ante la Policía y muy poco ante el Juez.
El Juez, que sigue manteniendo las reminiscencias del proceso inquisitorial, ni siquiera se le ha pasado por la cabeza tomarles declaración. Yo me he visto en la necesidad de arriesgar y solicitar que se les cite para el Juicio y que en el Plenario la suerte caiga del lado pertinente, del Fiscal o mio como defensora.
Espero, por la salud del sistema, que el Fiscal de Sala, se vea, tras las testificales, en la necesidad de retirar las acusaciones y que mi cliente sea exculpado por haberse limitado a una legítima defensa.
¿Cuándo, por fin, en los procesos penales, los jueces buscarán todas las pruebas, las inculpatorias y las exculpatorias?
Los políticos creen que con la instrucción fiscal y con el Juez de garantías eso se solventará. En mi opinión, por el contrario, las cosas serán diferentes cuando los magistrados asuman que las partes son iguales en el procedimiento, y eso por desgracia, todavía no hay visos de que ocurra en un futuro más o menos próximo.
La pretendida igualdad de armas y de posiciones en el proceso penal está más en la mentalidad y en las convicciones que en la ley, por ello, hay que cambiar las cabezas antes de que consigamos un trato similar por los Jueces.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Sobresaltos.

Tan deprisa, tan despacio.

Somos personas y esto una pandemia.