Miedo

Los procedimientos de familia, al implicar sentimientos y mutuos conocimientos entre los afectados, que rebasan con creces, las transacciones normales en el resto del derecho civil, producen unas angustias que en ningún otro tipo de asuntos se dan.
El miedo de una madre a un ex marido irresponsable, el terror de un padre ante una ex mujer enferma, el pánico de unos niños a unos abuelos rigurosos y con criterios educativos añejos...esas sensaciones imposibles de demostrar en una sala de vistas y que, en la mayoría de los casos fundamentan las peticiones que nosotros formulamos en los solicito de las demandas, nos toca calmarlas a los pobres letrados.
En casi todos los casos, las cosas son malas, pero no tan terribles, y tenemos que imponer cordura, sin embargo, en otras ocasiones, nosotros mismos nos espeluznamos con los relatos, que son corroborados por terceros o por documentos. 
Aún así, cuando la situación no es tan dramática, pero si real, nos vemos constreñidos por la rigidez de nuestro sistema probatorio.
El miedo es libre, pero no suele ser infundado, probarlo es cuestión diferente.

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