Ejecuciones civiles

En ninguna otra rama del derecho procesal se vislumbra con mayor claridad el principio de "justicia rogada" que en estos procedimientos.
Pides que se ejecute lo dispuesto en la sentencia, y se despacha la Ejecución, luego solícitas embargo de bienes, pero tienes que buscarte la vida, oficiar a Bancos, Tráfico, Hacienda, Seguridad Social, Registros de la Propiedad... Cuando ya no queda nada, entonces le echas imaginación, pero como los Juzgados no saben de eso, tienes que decirles que remocionen al depositario y te nombren a tu ejecutante, y que oficien a los sitios más varipintos para que no te "venda" el ejecutado la mercancía y, y,y,....
Es jueves, ya es bastante.

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