Sin trascendencia constitucional

Muchas veces me pregunto si los Magistrados del Alto Tribunal se leen, aunque solo sea por matar el rato, los Recursos que se les plantean, o si, por el contrario, la admisibilidad o no depende exclusivamente del azar, es decir, los que caen dentro de la mesa los ven, los que caen fuera, que como sabemos es la inmensa mayoría, no.
Toda esta diatriba viene al hilo de cómo han vuelto a cubrirse de gloria, por enésima vez, ante el 
TEDH, y el ridículo que han vuelto a hacer al inadmitir, por falta de trascendencia constitucional, uno de esos recursos.
La Sentencia conocida hoy, en el Caso Iglesias contra España,  queda patente que la vulneración de los derechos fundamentales a nuestro TC le importa tanto, como a mí la cría de los bivalvos. 
Dieciséis años han tenido que pasar para que, por fin, alguien de la razón a la recurrente, y por supuesto, esto ni es Justicia ni es nada.
Espero que esa decisión, que puede provocar la revisión en masa de procesos de familia, con sentencias firmes, además, sirva como aviso a navegantes para muchos Magistrados y por fin, empiecen a escuchar lo que los sujetos de sus sentencias, los hijos, tienen que decir.

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