Dificil de entender

Cuando no se está en este mundo de los tribunales y del turno de oficio, se hace francamente complicado explicar y que se comprenda cómo funciona. Primero la asignación, luego la justificación y por último, el pago.
El hecho de que un procedimiento, civil o penal, se incoe en el año 2010 no supone ni de lejos, que tu realices ninguna actividad procesal en ese año, ni que realizada la justifiques, ni que justificada la cobres.
El hecho de que tu nombre aparezca en en cuatro, incluso cinco procedimientos penales, no siganifica que se te hayan turnado cuatro o cinco autos diferentes. Cualquier causa normal por delito tiene, al menos cuatro números distintos. En el Juzgado de Instrucción tiene  un número de Diligencias Previas y otro número de Procedimiento Abreviado. En el Juzgado de lo Penal tiene un nuevo número de Procedimiento Abreviado, si se recurre a la Audiencia Provincial tiene un número de Recurso y por último, de vuelta en el Penal tiene un número de Ejecutoria. Un sólo procesado y cinco números de proceso distintos. 
En civil tienes, al menos, dos números, el del declarativo y el de apelación. Si es un monitorio puedes tener tres, el monitorio, el declarativo correspondiente y el de apelación. En familia tenemmos la Medidas Provisionales y el pleito principal y la apelación. Y en la Ejecuciones, pues ya sabéis, el de la ETJ, el de la pieza de oposición y el de la apelación. 
¿A que es sencillo de entender?, cualquier Letrado lo sabe de sobra, lo que dudo es que lo sepan quienes están fuera de foro.

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