¿Se lo saben?

Si, me lo pregunto, los Jueces de Instrucción ¿se saben el procedimiento criminal de verdad? Porque con las cosas que cada día veo/vemos, lo pongo muy muy muy muy en duda.
Desconozco en qué consisten las pruebas de acceso a la judicatura y también las prácticas que hacen en la Escuela Judicial, pero me se al dedillo el procedimiento criminal por la reiterada utilización que, desde hace 20 años, hago del mismo.
He vivido las reformas en este tiempo, desde dentro, y me he adaptado, he estudiado, he aprendido, he cambiado modos y maneras, y creo que eso me da la suficiente autoridad como para criticar a quién DESCONOCE EL PROCEDIMIENTO.
La ley rituaria no es un adorno o un complemento que nos quitamos y nos ponemos en función de nuestro estado de ánimo o de nuestras creencias y convicciones. Son las reglas del juego, iguales para todos y en todo tiempo, ante cualquier instancia penal y desde la incoacion del procedimiento hasta el archivo de la ejecutoria. No se puede aplicar a gusto del instructor, o dejar de aplicarla a capricho, lo vea o no lo vea el Juez.
Ello es lo que me ha llevado a pensar que algunos no se saben el procedimiento. Habrán aprendido a buscar en el CENDOJ las justificaciones de sus Sentencias, pero desconocen los pasos previos hasta ese punto. Y con ello ponen en riesgo a los justiciables, que es lo más importante, pero también a sí mismos, ya que todos los actos tienen consecuencias siempre.
A quien va referido este post no lo leerá, y aunque lo leyera no se daría por aludido, pues de soberbia, prepotencia y omnisciencia también va bien servido.

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